¿Cómo cambiar de sexo en la cédula?

Desde el pasado 4 de junio es posible que una persona cambie el componente de «sexo» que aparece en su Registro Civil y su Cédula de Ciudadanía, la diligencia puede hacerse en cualquier notaría del país y las personas interesadas en profundizar sobre el trámite pueden consultar toda la información relacionada en www.legalapp.gov.co.


1. La persona que desee corregir el “sexo” en sus documentos de identidad deberá ser mayor de edad, tener una copia de su registro civil de nacimiento y una copia de su cédula de ciudadanía (no se le podrá exigir ningún otro documento).

2. El interesado deberá acudir ante un notario e identificarse con su nombre completo, su número de cédula de ciudadanía y la dirección de su domicilio (no es necesario ir acompañado de un abogado).

3. Ante el notario, la persona debe solicitar la corrección del componente “sexo”, realizar una declaración bajo la gravedad de juramento sobre su voluntad de corregir la casilla y radicar la documentación completa.

4. El notario tendrá 5 días hábiles para elaborar la escritura pública en la cual se hará el cambio oficial del componente de “sexo” en los documentos. Si la solicitud se realizó ante un notario distinto a donde se encuentra el registro, el notario remitirá la escritura pública al funcionario competente del registro civil, para que se haga la correspondiente sustitución de folio y se modifique el sexo con el cual aparecía registrada la persona.

5. Transcurridos los 5 días, el interesado podrá recoger en la notaría donde realizó la diligencia la escritura pública que certifica el cambio en sus documentos. Con esta, se podrá solicitar el cambio de documentos ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Este trámite se ampara en el Decreto 1227 del 4 de junio del 2015, expedido por los Ministerios de Justicia y del Interior. Si el Notario se niega a realizar la diligencia para la corrección del componente “sexo”, se podrá interponer una queja o reclamo ante la Superintendencia de Notariado y Registro.

La persona que realice el trámite debe recordar que la corrección en la casilla sexo solo podrá ser realizada en dos ocasiones durante toda su vida y con un intervalo de 10 años después de la primera corrección.

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