Delitos electorales se pagarán con cárcel y multas

Entre 36 y 885 millones de pesos pagarán en adelante, de multa, los responsables por perturbaciones a las elecciones, constreñimiento o fraude al votante. Además, cada uno de estos delitos será castigado con penas privativas de libertad que oscilan entre cuatro y doce años de cárcel.


Así quedó establecido en la ley 1864 del 17 de agosto de 2017, que modifica la ley 599 de 2000. Estas penas aumentarán, de la mitad al doble, cuando la conducta sea realizada por un servidor público.

Las multas se endurecerán cuando se celebre un contrato, se condicione, se pague o entregue dinero, dádiva o beneficio particular con propósito de orientar el voto.

Y quienes resulten elegidos para un cargo de elección popular estando inhabilitados, además de la cárcel, deberá pagar entre 200 y 800 salarios mínimos mensuales. Por tráfico de votos y no informar aportes a campañas se deberá pagar entre 400 y 1.200 salarios mínimos mensuales.

A parte de la cárcel, cuando los topes de financiación de campañas sean violados, tanto el candidato como el gerente deberán pagar el mismo valor que excedió y quedarán inhabilitados entre cuatro y ocho años para el ejercicio público.

Por último, se ordena la creación de una Política Criminal Electora, que deberá considerar mecanismos educativos, pedagógicos y de prevención con el fin de generar conciencia frente al voto.

Fuente: ElColombiano.com

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