El acierto de la corte

Quien lo creyera. El General Rito Alejo del Rio, el Coronel Robinson Gonzales del Rio y el Magistrado del Consejo de la Judicatura Henry Villarraga, terminaron por darle la razón a las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos.


Y a la Corte Constitucional que decidió tumbar el Acto Legislativo 2 de 2012 que ampliaba generosamente el fuero penal militar. Aunque la Corte no quiso comprometerse con los asuntos de contenido de la reforma constitucional, al considerar que hubo insalvables errores de trámite, dejó sin vida al esperpento.

Las conversaciones grabadas y difundidas en días recientes por Noticias Uno entre los tres contertulios y que precipitaron la renuncia de Villarraga, nos remite al contenido, a la esencia de la discusión. En síntesis se trataba de un arreglo para que un caso de un “falso positivo” pasara de la justicia ordinaria a la justicia penal militar. Que este oficial del Ejercito acusado de un crimen prefiera que la justicia castrense juzgue su caso, y hasta ofrezca dinero por ello, indica que está seguro de un trato más benigno de un juez militar al que recibiría de la justicia que opera para el resto de los ciudadanos. Por ello acá no estamos en presencia de un mero soborno a un funcionario de la rama judicial. Se trata del alcance del fuero penal militar y de la eficacia de la justicia castrense para juzgar violaciones a los derechos humanos.

Estos hechos revelan la equivocación del Gobierno Nacional y de los Congresistas que aprobaron la reforma constitucional que ampliaba el fuero militar. Porque además del “fuero estándar”, el del actual Código Penal Militar, que protege a los miembros de las fuerzas armadas para que faltas cometidas en virtud del servicio militar, como la deserción o la desobediencia, sean juzgadas por tribunales castrenses, el Congreso creó con el Acto Legislativo de marras, otro fuero para las conductas prohibidas por el Derecho Internacional Humanitario (DIH). Se inventó el concepto de “blanco legitimo” para legalizar la acción militar y policial en medio de la población civil no combatiente; trasladó una larga lista de delitos de la justicia ordinaria a la militar; creó un Tribunal de Garantías compuesto en un 50% por militares que decida sobre los procesos penales de los integrantes de la Fuerza Pública; ordenó la creación de un fondo para financiar la defensa jurídica de militares y policías; y dispuso sitios de reclusión especial para los mismos.

Resulta curioso que el Gobierno promueva normas especiales para los soldados y policías que los protejan en el escenario de la guerra cuando busca afanosa y acertadamente un acuerdo de paz. Dicen que fue la manera que encontró el Presidente para neutralizar sectores de nuestras fuerzas armadas que se oponen a las negociaciones con las guerrillas. Los mismos que confunden la defensa del “honor militar” con la impunidad a graves crímenes de guerra. Los que aún no entienden que dicho honor se conserva con una impecable actuación de nuestros militares y policías en materia de Derechos Humanos y Derecho Humanitario.

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