Medidas especiales para bebidas energizantes

En nueve meses los empaque de las bebidas energizantes como Red Bull, Vive 100 y Monster, comercializadas en el país, deberán regular la información sobre los posibles riesgos que una mujer embarazada o lactante, un niño menor de 15 años, personas sensibles a la cafeína e hipertensos podrían sufrir al consumir los productos. Así lo dispuso el Consejo de Estado.


Hermann Garrido, fue el abogado que interpuso la demanda ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en 2010, contra el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), la compañía Red Bull de Colombia S.A.S., y el Ministerio de Salud, con el fin de obtener la protección de los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas y los derechos de los consumidores y usuarios.

Aunque en primera instancia el Tribunal negó la demanda, el recurso prosperó después de cuatro años y ayer la Alta Corte, en segunda instancia, falló a favor del abogado Garrido y sus hijos: Óscar Mauricio Garrido Pallares, María Alejandra Garrido Pallares y Juan Sebastian Garrido Pallares, quienes también paticiparon en la acción legal.

“Considero que es un fallo importante e histórico, de un enorme valor porque así se pone cintura a estas bebidas que no son energizantes sino estimulantes, comparables a drogas psicotrópicas”, asegura Garrido.

Explica el experto en leyes que su mayor motivación para hacer uso del recurso fue ver que los niños consumían estas bebidas sin tener conciencia de que eran estimulantes que podrían estar iniciándolos en el consumo de sustancias psicoactivas.

Otra de las razones de corte legal, según el demandante, estuvo fundamentada en que la compañía austriaca desde su incursión en el país, violó la Resolución 4150 de 2009, la cual prohibe en su artículo 15, que los mensaje publicitarios de las bebidas energizantes vinculen su consumo con bebidas recuperadoras de líquidos y electrolitos o se publiciten como bebidas cuya función nutricional es el reemplazo de líquidos y electrolitos.

Una vez efectuada dicha reglamentación de la cartera dirigida por Alejandro Gaviria, el Invima será la entidad encargada de vigilar que los distribuidores de estos productos cumplan a cabalidad con la norma. La entidad también deberá corregir el error de haber considerado y clasificado a la bebida Red Bull Energy Drink como un alimento, permitiendo que la publicidad de la bebida utilice el término de energía en el nombre.

Dice Garrido que espera que la orden empiece a regir en territorio nacional antes del plazo máximo, pero también explica que entiende que emitir una norma de este calibre, implica un estudio riguroso.

Pese a la insistencia del demandante que el producto podría ocasionar daños a la salud de sus consumidores, Santiago López, director ejecutivo de la Cámara de Industria de Bebidas de la Andi, asegura que “en más de 160 países se comercializan y debo ser enfático en señalar que los entes mundiales de salud alimentaria las consideran como seguras, por eso se vende en la Unión Europea, en Estados Unidos y en Canadá con restricciones mínimas que instan a la moderación propia de cualquier producto con cafeína”.

¿Qué van a hacer las empresas distribuidoras de estas bebidas mientras se expide la reglamentación? Explica Garrido que podrán seguir comercializando sus productos en territorio nacional sin ninguna dificultad, como se ha venido haciendo hasta ahora. Los cambios, según el demandante, vendrán una vez se haga oficial la normatividad. Para entonces, el que no acate lo solicitado legalmente, podrá enfrentar sanciones de tipo administrativo al no cumplir con el decreto 1545 de 1998, mediante el cual se reglamentan parcialmente los Regímenes Sanitarios, del Control de Calidad y de Vigilancia de los Productos.

¿Cómo podría impactar a las ventas y la imagen de los productos, las advertencias en la etiquetas? Para Santiago Roldán Zuluaga, docente de mercadeo de la Universidad Autónoma de Occidente, los cambios de hábito en el consumidor no van a variar mucho, ya que los colombianos no reparan con frecuencia advertencias, ni tablas nutricionales. El especialista agrega que la gente ya sabe que son bebidas estimulantes y no energizantes y aún así las compran.

Dice Ricardo Pulido, gerente de Monster Energy Colombia, que actualmente las bebidas energizantes comercializadas en Colombia, cuentan con buena información que le permite al cliente ver recomendaciones de edad, cantidad de consumo e indica que mujeres embarazada deberían abstenerse.

Fuente: larepublica.co

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