Vence plazo para retirar publicidad electoral

Según el Decreto 256 del 3 de diciembre de 2013, las propagandas electorales empleadas durante la campaña para el Congreso de la República deberán ser retiradas por los representantes de los partidos, movimientos políticos, candidatos o firmas publicitarias, como máximo este lunes 17 de marzo.


De acuerdo a la normatividad vigente, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que instalaron o fijaron algún tipo de propaganda electoral, deben retirarla dentro de los ocho días hábiles siguientes a la fecha de realización de las elecciones.

El literal D del Decreto 256 del 3 de diciembre de 2013, dice: “Las vallas deben ser retiradas a los 8 días siguientes de la terminación de los comicios electorales, reservándose la administración municipal el derecho a retirarlas cumplido el plazo indicado”.

En caso de incumplimiento con lo dispuesto en la norma, la Administración Municipal debe efectuar los requerimientos de ley e informar lo pertinente a las autoridades electorales, sin perjuicio de las demás sanciones a que haya lugar.

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